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En un caso de custodia infantil, el Tribunal Supremo ha revertido el fallo del Tribunal Superior de Kerala, otorgando la custodia exclusiva de una niña de 8 años a su madre.

El Tribunal de Apex citó la incapacidad del padre de proporcionar comida casera y separación de su hermano menor como razones para revertir el juicio de HC.

La niña durante su estadía con el padre, que trabaja en Singapur y alquiló una casa temporal en Thiruvananthapuram, no recibió una sola comida casera. Ella estaba sobreviviendo completamente con comida de restaurante. Tampoco tenía compañía, excepto su padre y fue separada de su hermano de 3 años, que vive con su madre.

¿Qué dijo la Corte Suprema?

Un banco que comprende jueces Vikram Nath, Sanjay Karol y Sandeep Mehta hablaron con el niño y encontraron varios problemas con el acuerdo de custodia existente.

“El niño requiere alimentos nutritivos caseros para su bienestar general, crecimiento y desarrollo. Desafortunadamente, el padre no está en condiciones de proporcionar tal nutrición al niño”, escribió el juez Mehta en el juicio.

También dijo que “el consumo continuo de alimentos adquiridos de restaurantes/hoteles representaría un peligro para la salud, incluso para una persona adulta, qué hablar de un niño tierno de ocho años”.

La orden de la Corte Suprema se produjo después de que la madre había cuestionado el fallo del Tribunal Superior de Kerala.

El HC anteriormente ordenó a los padres separados de la niña que compartieran su custodia en 15 días alternativos cada mes.

“El hecho de que el niño no tenga ninguna compañía, excepto el del padre durante el período de custodia provisional de 15 días es un factor adicional que pesa mucho contra su reclamo”, dijo el SC.

El Tribunal de Apex también dijo que la niña se beneficiaría emocional, moral y socialmente de vivir con su madre, que trabaja desde casa.

“El apoyo emocional y moral que el niño recibe en la casa de su madre es múltiple que lo que el padre proporciona durante el período de custodia interina”, dijo la orden, y agregó: “El período de 15 días durante el cual la hija estaría con el padre también conduciría a la privación de su compañía a su hermano, el niño de tres años”.

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